Resumen: la cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la D. A. Cuarta de la Ley 16/2003
Resumen: Se sostiene que no hay lesión del principio acusatorio, porque los hechos probados no son genéricos y describen, con suficiente precisión, los hechos determinantes de la responsabilidad penal. No hay lesión del derecho de defensa por interrumpir justificadamente un interrogatorio de la defensa. El objeto del delito del artículo 390.2 CP pueden ser los documentos que integran el expediente matrimonial. La declaración de inexistencia de un matrimonio en función de las pruebas practicadas no contraviene la normativa extrapenal. Para el enjuiciamiento de este delito no procede plantear la cuestión prejudicial civil del artículo 5 de la LECrim.
Resumen: A juicio de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es si la prestación de asistencia sanitaria por Covid-19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la disposición adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.